Legislación › Resolución de 28 de febrero de 2006, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se establecen las condiciones generales y el procedimiento para la validación mediante un código NRC de los avales otorgados por las entidades de crédito y por las sociedades de garantía recíproca y presentados por los interesados ante la administración tributaria.
ANEXO I
Comparación entre la redacción en vigor desde el 14 de marzo de 2006 y la del 24 de julio de 2014.
Tachado: lo que se quitó (4 palabras). Subrayado: lo que se añadió (12 palabras).
Volver al texto en vigor
ANEXO I
Generación de un NRC (Número de Referencia Completo)
El NRC se generará a partir de los datos siguientes:
Número de Referencia (Generado por la Entidad)
·
MMMBBBBNNNNNDC ·
(14) ·
Siendo:
MMM = 901 (euros).
BBBB = Código de Banco de España NNNNN= Número secuencia) correlativo.
D = Dígito de control del justificante.
C = Carácter de control complementario.
·
NIF del
contribuyente ·
XXXXXXXXX ·
(9) ·
·
Fecha de
vencimiento ·
MMAA ·
(4) ·
Siendo:
MM = Mes
AA = Año
0000 = Indefinido
·
Códigos de aval ·
X ·
(1) ·
«1»= Suspensión ejecución recurso de reposición.
«2»= Suspensión ejecución reclamación económico-administrativa.
«3»= Aplazamientos/Fraccionamientos.
«4»= Devolución IVA.
«5»= Deuda aduanera IVA e Impuestos Especiales.
«6»= Régimen de tránsito comunitario.
«7» = Deudas aduaneras y fiscales en representación directa.
«8» = Actas con acuerdo.
«09» = Representantes aduaneros.
·
Importe ·
XXX ·
(12) ·
Siendo XXXXXXXXXXXX = Importe avalado de la liquidación recurrida (en los códigos «1» y «2») o el importe garantizado(en el resto de códigos). ·
·
LONGITUD TOTAL ·
(40) ·
DATO DE LA OPERACIÓN ·
El Número de Referencia Completo (NRC) de la presentación será:
Detalle de los datos a incluir para generar el NRC:
Para generar el NRC es imprescindible que todos estos datos, a incluir en los procedimientos de cifrado, estén en EBCDIC.
MMM: Código de Modelo para Avales: 901 (euros)
BBBB: Cuatro primeros dígitos del Código del Banco de España.
NNNNN: Número secuencial correlativo, comenzando por 00000. Caso de llegar a 99999, se comenzaría por 00000.
D: Dígito de control del «MMMBBBBNNNNN», generado con el mismo algoritmo que el actual número de justificante de las autoliquidaciones.
C: Carácter de control complementario, generado aplicando un algoritmo que será facilitado a una de las personas designadas por la entidad avalista. Sólo se utilizará para el NRC.
MMMBBBBNNNNNDC: Conforman el Número de Referencia, que formará parte del NRC.
NIF: NIF del contribuyente. En el caso de que existan varios avalados, se consignará el correspondiente al primero que se haya señalado en el cuerpo del modelo.
Fecha de Vencimiento: vencimiento: Mes y Año año de vencimiento del aval. Si se presta con carácter indefinido, se consignará 0000 (siempre en los avales con código 1, 2, 4, 5, 7 7, 8 y 8). 9).
Códigos de aval:
(1) Suspensión ejecución recurso de reposición.
(2) Suspensión ejecución reclamación económico-administrativa.
(3) Aplazamientos/Fraccionamientos.
(4) Devolución IVA.
(5) Deuda aduanera, I.V.A. e Impuestos Especiales.
(6) Régimen de tránsito comunitario.
(7) Deudas aduaneras y fiscales en representación directa.
(8) Actas con acuerdo.
(9) Representantes aduaneros.
Importe: Se indicará la cifra (un número entero), ajustada a la derecha y rellena con ceros a la izquierda, hasta completar las 12 posiciones. El importe avalado se expresará en céntimos de euro, para evitar el uso de decimales."
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 8 de marzo de 2026 En vigor | BOE-A-2026-5326 | Leer | Qué cambió |
| 18 de noviembre de 2021 | BOE-A-2021-15450 | Leer | Qué cambió |
| 25 de marzo de 2019 | BOE-A-2019-2288 | Leer | Qué cambió |
| 24 de julio de 2014 | BOE-A-2014-7793 | Leer | Qué cambió |
| 14 de marzo de 2006 | Texto original | Leer |


