Legislación › Real Decreto 225/2006, de 24 de febrero, por el que se regulan determinados aspectos de las ventas a distancia y la inscripción en el registro de empresas de ventas a distancia.
Artículo 6. Obligaciones de información de las empresas.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 14 de abril de 2006 y la del 14 de marzo de 2010.
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Artículo 6. Obligaciones de información de las empresas inscritas empresas.
1. Sin perjuicio de lo establecido en el Registro. artículo 65.1.a) de la Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista, y de acuerdo con lo que determina el artículo 71 bis de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, en cualquier dato, manifestación o documento que se acompañe o incorpore a la comunicación de datos, o la no presentación de la misma ante la Administración competente, determinará la imposibilidad de continuar con el ejercicio de la actividad desde el momento en que se tenga constancia de tales hechos.
2. En el plazo de tres meses, meses desde que se produzca cualquier alteración de los datos que sirvieron de base para la concesión de la autorización primera comunicación de la actividad, en su caso, y su posterior inscripción, datos, las empresas de venta a distancia inscritas deberán comunicarlo, en el caso de que así se haya previsto, comunicarlo al Registro de la comunidad autónoma donde ésta tenga su sede social, y registro, especialmente en los siguientes supuestos:
a) Los cambios que afecten a la naturaleza de la empresa o signifiquen cambio de su objeto, orientación o actividad de venta.
b) Las modificaciones en la composición y estructura de sus órganos de gobierno, y los datos de identificación correspondientes, en su caso, de los nuevos administradores. Los cambios de domicilio
c)social y la apertura o cierre de establecimientos. social.
d) Las empresas de venta a distancia deberán hacer constar en sus anuncios comerciales los datos relativos al registro y su número de identificación nacional.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 14 de marzo de 2010 En vigor | BOE-A-2010-4174 | Leer | Qué cambió |
| 14 de abril de 2006 | Texto original | Leer |


