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Legislación › Real Decreto 225/2006, de 24 de febrero, por el que se regulan determinados aspectos de las ventas a distancia y la inscripción en el registro de empresas de ventas a distancia.

Artículo 7. Inscripción en el Registro de empresas de ventas a distancia y coordinación con otros registros autonómicos.

Artículo 7. Inscripción en el Registro de empresas de ventas a distancia y coordinación con otros registros autonómicos.

El Registro de empresas de ventas a distancia se coordinará con aquellos registros que puedan establecer las comunidades autónomas, en el ámbito de sus respectivas competencias, en aras a garantizar la interoperabilidad técnica entre los registros constituidos de conformidad con la disposición adicional primera de la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio.

Se modifica por el art. 2.8 del Real Decreto 200/2010, de 26 de febrero. BOE-A-2010-4174

Redacciones de este artículo

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14 de marzo de 2010 En vigor BOE-A-2010-4174 Leer Qué cambió
14 de abril de 2006 Texto original Leer

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