Legislación › Real Decreto 225/2006, de 24 de febrero, por el que se regulan determinados aspectos de las ventas a distancia y la inscripción en el registro de empresas de ventas a distancia.
Disposición final tercera. Entrada en vigor.
Disposición final tercera. Entrada en vigor.
El presente real decreto entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Se deroga y se renumera con el contenido de la disposición final 4 por la disposición derogatoria única.c) y el art. 2.10 del Real Decreto 200/2010, de 26 de febrero. BOE-A-2010-4174
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 14 de marzo de 2010 En vigor | BOE-A-2010-4174 | Leer | Qué cambió |
| 14 de abril de 2006 | Texto original | Leer |
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