Legislación › Ley 1/2006, de 7 de marzo, de Defensa de los Consumidores y Usuarios.
Disposición adicional única. Aplicación de normativa supletoria.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 15 de mayo de 2006 y la del 1 de enero de 2012.
Tachado: lo que se quitó (7 palabras). Subrayado: lo que se añadió (26 palabras).
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Disposición adicional única. Aplicación de normativa complementaria. supletoria.
En todo lo no previsto en la presente Ley será de aplicación la Ley 26/1984, el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 19 16 de julio, noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, y otras leyes complementarias al mismo, así como toda aquella normativa que la lo sustituya, complemente o desarrolle.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2012 En vigor | BOE-A-2012-552 | Leer | Qué cambió |
| 15 de mayo de 2006 | Texto original | Leer |


