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Legislación › Acuerdo de 27 de marzo de 2006, adoptado por las Mesas del Congreso de los Diputados y del Senado en reunión conjunta por el que se aprueba el Estatuto del Personal de las Cortes Generales.

Disposición transitoria tercera.

Disposición transitoria tercera.

1. La aplicación del presente Estatuto no podrá suponer, en ningún caso, menoscabo en el actual régimen de retribuciones.

2. (Derogado)

Se deroga el apartado 2 por el apartado 1 del Acuerdo de 21 de septiembre de 2009. BOE-A-2009-16304.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de diciembre de 2009 En vigor BOE-A-2009-16304 Leer Qué cambió
1 de abril de 2006 Texto original Leer

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