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Legislación › Ley Foral 2/2006, de 9 de marzo, del Consejo Económico y Social de Navarra.

Artículo 11. Funciones del Presidente.

Artículo 11. Funciones del Presidente.

Corresponde al Presidente el ejercicio de las siguientes funciones:

a) Dirigir y ostentar la representación del Consejo.

b) Acordar la convocatoria de las sesiones y fijar el orden del día.

c) Presidir las sesiones, moderar el desarrollo de los debates y suspenderlos por causas justificadas.

d) Dirimir con su voto los empates a efectos de adoptar acuerdos.

e) Visar las actas y certificaciones de los acuerdos.

f) Disponer el cumplimiento de los acuerdos.

g) Ejercer cuantas otras funciones sean inherentes a su condición de Presidente.

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