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Legislación › Real Decreto 467/2006, de 21 de abril, por el que se regulan los depósitos y consignaciones judiciales en metálico, de efectos o valores.

Disposición final tercera. Entrada en vigor.

Disposición final tercera. Entrada en vigor.

El presente real decreto entrará en vigor a los dos meses desde su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

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