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Real Decreto 467/2006, de 21 de abril, por el que se regulan los depósitos y consignaciones judiciales en metálico, de efectos o valores.
En vigor Ministerio de Justicia · Publicada el 12 de mayo de 2006 · Último cambio el 7 de noviembre de 2015 · Ver en el BOE
Índice
- Preámbulo
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación. 2 redacciones · cambió el 07/11/2015
- Artículo 2. Adjudicación del contrato de apertura y gestión de las Cuentas de Depósitos y Consignaciones Judiciales. 2 redacciones · cambió el 24/10/2015
- Artículo 3. Nomenclatura y autorización para disponer de los fondos. 2 redacciones · cambió el 24/10/2015
- Artículo 4. Cuenta general y cuentas de expediente.
- Artículo 5. Gestión y control de la Cuenta de Depósitos y Consignaciones.
- Artículo 6. Suministro de información.
- CAPÍTULO II
- Artículo 7. Recepción material y ocupación de dinero.
- Artículo 8. Requisitos formales de las operaciones.
- Sección 1
- Artículo 9. Ingresos específicos sin existencia previa de expediente judicial.
- Artículo 10. Ingresos específicos en el orden penal.
- Artículo 11. Ingresos específicos en el orden social.
- Sección 2
- Artículo 12. Reintegros de cantidades: mandamientos de pago y transferencias a cuentas bancarias no judiciales.
- Artículo 13. Transferencias al Tesoro Público. 3 redacciones · cambió el 24/10/2015
- Artículo 14. Transferencias a la Cuenta de Fondos Provisionalmente Abandonados.
- Disposición adicional primera. Cuenta de Depósitos y Consignaciones de las Secciones de Menores de las fiscalías.
- Disposición adicional segunda. Cuenta de Depósitos y Consignaciones de las Fiscalías en el marco de las Diligencias de Investigación.
- Disposición adicional tercera. Cuentas de Depósitos y Consignaciones de los Juzgados de Paz.
- Disposición adicional cuarta. Cuentas de Depósitos y Consignaciones en los órganos de la Jurisdicción Militar.
- Disposición adicional quinta. Cuenta de Depósitos y Consignaciones de la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos.
- Disposición transitoria primera. Depósitos y Consignaciones en la Caja General de Depósitos.
- Disposición transitoria segunda. Mandamientos de devolución expedidos.
- Disposición transitoria tercera. Órdenes de transferencias a cuentas no judiciales.
- Disposición transitoria cuarta. Juzgados de paz o agrupaciones de secretarías de juzgados de paz con cuenta.
- Disposición transitoria quinta. Contrato vigente.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Facultades de desarrollo y ejecución.
- Disposición final segunda. Modelos de formularios.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
- Firma


