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Legislación › Ley 3/2006, de 30 de marzo, de gestión de emergencias de las Illes Balears.

Artículo 44. Comisión de Emergencias y Protección.

Artículo 44. Comisión de Emergencias y Protección.

La Comisión de Emergencias y Protección de las Illes Balears es el órgano colegiado de coordinación y cooperación de la administración autonómica en materia de emergencias y de protección civil.

En lo referente a su estatuto jurídico, organización y funciones se tendrá en cuenta lo que dispone la Ley 2/1998, de 13 de marzo, de ordenación de emergencias y la normativa de desarrollo.

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