Legislación › Ley 3/2006, de 30 de marzo, de gestión de emergencias de las Illes Balears.
Artículo 44. Comisión de Emergencias y Protección.
Artículo 44. Comisión de Emergencias y Protección.
La Comisión de Emergencias y Protección de las Illes Balears es el órgano colegiado de coordinación y cooperación de la administración autonómica en materia de emergencias y de protección civil.
En lo referente a su estatuto jurídico, organización y funciones se tendrá en cuenta lo que dispone la Ley 2/1998, de 13 de marzo, de ordenación de emergencias y la normativa de desarrollo.


