Legislación › Ley Foral 17/2005, de 22 de diciembre, de Caza y Pesca de Navarra.
Disposición adicional séptima. Planes de prevención de daños.
Disposición adicional séptima. Planes de prevención de daños.
El Gobierno de Navarra, en colaboración y con la participación de los agentes afectados, elaborará y aplicará planes de prevención que eviten o minimicen los diversos daños que las especies cinegéticas pudieran causar.
Se añade por el art. único.4 de la Ley Foral 12/2011, de 1 de abril. BOE-A-2011-7412.
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