Legislación › Ley 6/2006, de 12 de abril, balear de caza y pesca fluvial.
Artículo 54. Comisión de caza mayor y homologación de trofeos.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 15 de junio de 2006 y la del 31 de julio de 2013.
Tachado: lo que se quitó (26 palabras). Subrayado: lo que se añadió (48 palabras).
Volver al texto en vigor
Artículo 54. Comisión Balear de Caza Mayor caza mayor y Homologación homologación de Trofeos. trofeos.
1. La Comisión Balear de Caza Mayor caza mayor y Homologación homologación de Trofeos trofeos es un órgano colegiado con participación social, adscrito a la consejería al departamento competente en materia de caza, caza del Consejo de Mallorca, cuya función es promover y fomentar la caza de cabra salvaje mallorquina, incluidas la medida mallorquina y la homologación de homologar los trofeos de esta variedad. variedad y otros que le sean sometidos con este objetivo.
2. Su composición y su régimen de funcionamiento serán los que determine reglamentariamente se determinen. el consejero competente del Consejo de Mallorca. El resto de consejos insulares podrán designar un vocal.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 31 de julio de 2013 En vigor | BOE-A-2013-9128 | Leer | Qué cambió |
| 15 de junio de 2006 | Texto original | Leer |


