Legislación › Ley 5/2006, de 2 de mayo, de Ordenación del Territorio y Urbanismo de La Rioja.
Disposición transitoria séptima. Autorizaciones en suelo no urbanizable.
Disposición transitoria séptima. Autorizaciones en suelo no urbanizable.
Las solicitudes de autorización de usos y actividades en suelo no urbanizable iniciadas con anterioridad a la entrada en vigor de esta Ley se regirán por la normativa vigente en el momento de la solicitud.
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