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Legislación › Ley 17/2006, de 5 de junio, de la radio y la televisión de titularidad estatal.

Artículo 10. Composición.

Artículo 10. Composición.

1. El Consejo de Administración de la Corporación RTVE estará compuesto por quince miembros, todos ellos personas con suficiente cualificación y experiencia profesional, respetando el principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres en su composición, tal y como establece la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y la Ley Orgánica 2/2024, de 1 de agosto, de representación paritaria y presencia equilibrada de mujeres y hombres.

2. Los acuerdos del Consejo de Administración se adoptarán por mayoría de sus miembros, salvo en los supuestos en que se exija mayoría cualificada por la presente Ley o por los estatutos sociales.

Se modifica el apartado 1 por el art. único.2 del Real Decreto-ley 5/2024, de 22 de octubre. BOE-A-2024-21699

Se modifica el apartado 1 por el art. único.1 de la Ley 5/2017, de 29 de septiembre. BOE-A-2017-11091

Se modifica el apartado 1 por el art. 1.1 del Real Decreto-ley 15/2012, de 20 de abril. BOE-A-2012-5338.

Téngase en cuenta que se declara la inconstitucionalidad y nulidad del art. 1.1 del Real Decreto-ley 15/2012 por Sentencia del TC 150/2017, de 21 de diciembre. BOE-A-2018-612

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
24 de octubre de 2024 En vigor BOE-A-2024-21699 Leer Qué cambió
1 de octubre de 2017 BOE-A-2017-11091 Leer Qué cambió
21 de abril de 2012 BOE-A-2012-5338 Leer Qué cambió
7 de junio de 2006 Texto original Leer

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