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Legislación › Ley 17/2006, de 5 de junio, de la radio y la televisión de titularidad estatal.

Artículo 10. Composición.

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Artículo 10. Composición.
1. El Consejo de Administración de la Corporación RTVE estará compuesto por diez quince miembros, todos ellos personas con suficiente cualificación y experiencia profesional, respetando el principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres en su composición, tal y como establece la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres y la Ley Orgánica 2/2024, de 1 de agosto, de representación paritaria y presencia equilibrada de mujeres y hombres.
2. Los acuerdos del Consejo de Administración se adoptarán por mayoría de sus miembros, salvo en los supuestos en que se exija mayoría cualificada por la presente Ley o por los estatutos sociales.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
24 de octubre de 2024 En vigor BOE-A-2024-21699 Leer Qué cambió
1 de octubre de 2017 BOE-A-2017-11091 Leer Qué cambió
21 de abril de 2012 BOE-A-2012-5338 Leer Qué cambió
7 de junio de 2006 Texto original Leer

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