Legislación › Ley 3/2007, de 9 de abril, de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia.
Disposición transitoria quinta. Gestión de la biomasa en suelos no urbanizados.
Disposición transitoria quinta. Gestión de la biomasa en suelos no urbanizados.
La gestión de la biomasa existente en los terrenos forestales y en las zonas de influencia forestal de la red secundaria de fajas en el entorno del suelo urbanizable no será preceptiva hasta que se desarrolle ese ámbito a través de un plan parcial y se apruebe definitivamente el proyecto de urbanización correspondiente.
Se añade por el art. 20.17 de la Ley 3/2018, de 26 de diciembre. BOE-A-2019-3997
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