Legislación › Ley 3/2007, de 9 de abril, de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia.
Disposición transitoria primera.
Disposición transitoria primera.
La presente ley no será de aplicación a la elaboración, alteración y revisión de los planes generales de ordenación municipal que, a la entrada en vigor de la misma, hayan iniciado el trámite de información pública.
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