Legislación › Ley 10/2007, de 29 de marzo, de Medios Audiovisuales de Castilla-La Mancha.
Artículo 45. Régimen sancionador.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 20 de abril de 2007 y la del 1 de julio de 2021.
Tachado: lo que se quitó (42 palabras). Subrayado: lo que se añadió (33 palabras).
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Artículo 45. Sujetos responsables. Régimen sancionador.
Serán sancionadas por las infracciones tipificadas por La potestad sancionadora se ejercitará de conformidad con lo dispuesto en el Título VI de la presente ley, las personas físicas o jurídicas que resulten responsables Ley 7/2010, de las mismas, incluyéndose entre ellas los entes o entidades públicas a 31 de marzo, y en las que se atribuya la gestión del servicio público Leyes 39/2015, de radio 1 de octubre, y televisión 40/2015, de ámbito local. 1 de octubre.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de julio de 2021 En vigor | BOE-A-2021-18038 | Leer | Qué cambió |
| 20 de abril de 2007 | Texto original | Leer |


