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Legislación › Ley 9/2007, de 13 de abril, del Sistema Canario de Seguridad y Emergencias y de modificación de la Ley 6/1997, de 4 de julio, de Coordinación de las Policías Locales de Canarias.

Artículo 8. Competencias del Gobierno de Canarias en materia de seguridad.

Artículo 8. Competencias del Gobierno de Canarias en materia de seguridad.

El Gobierno de Canarias tendrá las siguientes competencias en materia de seguridad:

a) La planificación general.

b) La definición del modelo de gestión.

c) La planificación estratégica y el control de su ejecución.

d) El resto de las competencias que le otorgue la presente Ley y la legislación vigente.

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