Legislación › Real Decreto 640/2007, de 18 de mayo, por el que se establecen excepciones a la obligatoriedad de las normas sobre tiempos de conducción y descanso y el uso del tacógrafo en el transporte por carretera.
Disposición transitoria única. Aplicación en las islas que superen 1.500 kilómetros cuadrados.
Disposición transitoria única. Aplicación en las islas que superen 1.500 kilómetros cuadrados.
A los transportes desarrollados íntegramente en islas cuya superficie supere los 1.500 kilómetros cuadrados, excepto en la isla de Mallorca, no les serán de aplicación las normas sobre tiempos de conducción y descanso y el uso de tacógrafo en el transporte por carretera hasta el 1 de enero de 2010.
Se modifica por el art. único.2 del Real Decreto 1163/2009, de 10 de julio. BOE-A-2009-12209.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 24 de julio de 2009 En vigor | BOE-A-2009-12209 | Leer | Qué cambió |
| 27 de mayo de 2007 | Texto original | Leer |
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