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Legislación › Ley 2/2007, de 12 de abril, de Archivos y Patrimonio Documental de Extremadura.

Artículo 27. Composición.

Artículo 27. Composición.

Formarán parte del Sistema Archivístico de Extremadura:

1. Órganos:

a) La Consejería de Cultura.

b) El Consejo Asesor del Patrimonio Documental y de los Archivos.

c) La Comisión General de Valoración, Selección y Eliminación de Documentos.

2. Archivos.

a) Los archivos de la Junta de Extremadura.

b) El archivo de la Asamblea de Extremadura.

c) Los archivos de la Administración local.

d) Los archivos de la Universidad pública de Extremadura.

e) Los archivos públicos y privados que se integren de conformidad por el procedimiento reglamentariamente establecido.

3. Las Unidades administrativas que reglamentariamente se establezcan para el buen funcionamiento del Sistema Archivístico de Extremadura.

Se modifica por la disposición final 10.4 de la Ley 8/2019, de 5 de abril. BOE-A-2019-7221

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
9 de mayo de 2019 En vigor BOE-A-2019-7221 Leer Qué cambió
16 de mayo de 2007 Texto original Leer

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