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Legislación › Ley 2/2007, de 12 de abril, de Archivos y Patrimonio Documental de Extremadura.

Artículo 44. La Comisión de Valoración de Documentos de la Junta de Extremadura.

Artículo 44. La Comisión de Valoración de Documentos de la Junta de Extremadura.

Se crea la Comisión de Valoración de Documentos de la Junta de Extremadura, responsable de establecer los criterios de transferencia, acceso y conservación o eliminación, total o parcial, de las series documentales generadas por la Junta de Extremadura. Su organización y funcionamiento se regulará reglamentariamente.

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