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Legislación › Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura.

Artículo 138. Contenido de la cuenta general de la Comunidad.

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Artículo 138. Verificación Contenido de las cuentas. la cuenta general de la Comunidad.
1. La contabilidad pública queda sometida a verificación ordinaria o extraordinaria a cargo cuenta general de funcionarios dependientes la Comunidad contendrá los siguientes documentos:
a) Las cuentas anuales
de todas las entidades que conforman el sector público autonómico.
b) Los estados resultantes de
la consolidación de las cuentas anuales de las entidades del sector público autonómico.
c) Los estados consolidados comprenderán el balance consolidado, la cuenta del resultado económico patrimonial consolidada, el estado de cambios en el patrimonio neto consolidado, el estado de flujos de efectivo consolidado, el estado de liquidación del presupuesto consolidado y la Memoria consolidada. En el caso del sector público empresarial se podrá efectuar la consolidación mediante la agregación de cuentas anuales consolidadas.
d) Información sobre el grado de cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria, deuda pública, regla de gasto y periodo medio de pago a proveedores.
2. La
Intervención General de la Junta de Extremadura, y Extremadura podrá recabar de las distintas entidades la información que considere necesaria para efectuar los que, procesos de agregación o consolidación contable.
3. La falta de remisión de cuentas no constituirá obstáculo para que la Intervención General pueda formar la cuenta general con las cuentas recibidas. Se informará sobre el perímetro de información
en su caso, designe la Memoria de la cuenta consolidada.
4. Se podrán agregar o consolidar las cuentas de una entidad aunque en
el Tribunal preceptivo informe de Cuentas. auditoría de cuentas se hubiera denegado opinión, emitido informe desfavorable o con salvedades, si bien estas circunstancias se harán constar en la Memoria consolidada.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
9 de mayo de 2019 En vigor BOE-A-2019-7221 Leer Qué cambió
28 de agosto de 2007 Texto original Leer

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