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Legislación › Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura.

Artículo 35. Principios de la programación presupuestaria.

Artículo 35. Principios de la programación presupuestaria.

1. La programación presupuestaria se regirá por los principios de estabilidad presupuestaria, plurianualidad, transparencia y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos, conforme a lo dispuesto en la legislación básica del Estado en materia de estabilidad presupuestaria y en esta Ley.

2. Las disposiciones legales y reglamentarias en fase de elaboración y aprobación, los actos administrativos, los contratos, los convenios y cualquier otra actuación de los sujetos que componen el sector público autonómico que afecte a los gastos públicos, deben valorar sus repercusiones y efectos, y supeditarse de forma estricta a las disponibilidades presupuestarias y a los límites de los escenarios presupuestarios plurianuales.

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