Legislación › Ley 5/2007, de 19 de abril, General de Hacienda Pública de Extremadura.
Disposición adicional segunda. Gestión económica de los centros docentes no universitarios.
Disposición adicional segunda. Gestión económica de los centros docentes no universitarios.
La gestión económica de los centros docentes públicos no universitarios se regirá por su normativa específica, y en su caso, por la regulación que establezca el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, resultando de aplicación supletoria las disposiciones de esta Ley.
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