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Orden ITC/1522/2007, de 24 de mayo, por la que se establece la regulación de la garantía del origen de la electricidad procedente de fuentes de energía renovables y de cogeneración de alta eficiencia.
En vigor Ministerio de Industria, Turismo y Comercio · Publicada el 1 de junio de 2007 · Último cambio el 7 de noviembre de 2025 · Ver en el BOE
Índice
- no
- Preámbulo
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto. 2 redacciones · cambió el 31/10/2011
- Artículo 2. Ámbito de aplicación. 3 redacciones · cambió el 22/05/2015
- Artículo 3. Definiciones. 3 redacciones · cambió el 22/05/2015
- Artículo 4. Concepto de garantía de origen. 3 redacciones · cambió el 22/05/2015
- Artículo 5. Organismo responsable de la expedición y gestión. 2 redacciones · cambió el 31/10/2011
- Artículo 6. Sistema de anotaciones en cuenta de la garantía de origen. 3 redacciones · cambió el 22/05/2015
- Artículo 7. Separación contable. 3 redacciones · cambió el 07/11/2025
- CAPÍTULO II
- Artículo 8. Solicitud. 2 redacciones · cambió el 31/10/2011
- Artículo 9. Expedición. 2 redacciones · cambió el 31/10/2011
- Artículo 10. Transferencia.
- Artículo 11. Importación y exportación. 4 redacciones · cambió el 07/11/2025
- Artículo 12. Cancelación. 2 redacciones · cambió el 31/10/2011
- CAPÍTULO III
- Artículo 13. Verificación e inspección de las instalaciones.
- Artículo 14. Régimen de infracciones y sanciones. 2 redacciones · cambió el 22/05/2015
- CAPÍTULO IV
- Artículo 15. Objetivos indicativos nacionales. 2 redacciones · cambió el 31/10/2011
- Artículo 16. Evaluación del marco normativo.
- Disposición adicional única. 2 redacciones · cambió el 22/05/2015
- Disposición final única. Detalle de las garantías de origen en las facturas de los comercializadores a los clientes finales, de acuerdo con el artículo 110 bis del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica. 2 redacciones · cambió el 31/10/2011
- Disposición transitoria primera. Plazo para el inicio de funcionamiento del sistema de anotaciones en cuenta.
- Disposición transitoria segunda. Solicitud y expedición de garantías de origen correspondientes a energía producida durante los años 2004, 2005 y 2006.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Incorporación de derecho de la Unión Europea.
- Disposición final tercera. Ejecución y aplicación de la orden.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
- Firma


