LexTotal

Legislación › Orden ITC/1522/2007, de 24 de mayo, por la que se establece la regulación de la garantía del origen de la electricidad procedente de fuentes de energía renovables y de cogeneración de alta eficiencia.

Disposición transitoria primera. Plazo para el inicio de funcionamiento del sistema de anotaciones en cuenta.

Disposición transitoria primera. Plazo para el inicio de funcionamiento del sistema de anotaciones en cuenta.

El sistema de anotaciones en cuenta de la garantía de origen comenzará a funcionar una vez sean establecidos por parte de la Comisión Nacional de Energía los procedimientos necesarios, siendo la fecha límite para ello el 1 de diciembre de 2007.

← Disposición final única Índice Disposición transitoria segunda →