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Real Decreto 638/2007, de 18 de mayo, por el que se regulan las Capitanías Marítimas y los Distritos Marítimos.

En vigor Ministerio de Fomento · Publicada el 2 de junio de 2007 · Último cambio el 17 de junio de 2011 · Ver en el BOE

Índice

  1. no
  2. Preámbulo
  3. CAPÍTULO I
  4. Artículo 1. Objeto.
  5. Artículo 2. Requisitos para la creación de las Capitanías Marítimas.
  6. Artículo 3. Procedimiento de creación o supresión de las Capitanías Marítimas.
  7. Artículo 4. Ámbito geográfico de competencias de las Capitanías Marítimas.
  8. Artículo 5. Creación y supresión de los Distritos Marítimos.
  9. Artículo 6. Dependencia orgánica.
  10. Artículo 7. Coordinación con otros organismos y entidades.
  11. Artículo 8. Realización de obras o modificaciones marítimas en los puertos.
  12. CAPÍTULO II
  13. Artículo 9. El Capitán Marítimo.
  14. Artículo 10. Funciones del Capitán Marítimo.
  15. Artículo 11. Funciones de los Jefes de Distritos Marítimos.
  16. Artículo 12. Organización de las Capitanías y Distritos Marítimos.
  17. Artículo 13. Funciones de inspección.
  18. Artículo 14. Recursos administrativos.
  19. Artículo 15. Gasto público.
  20. Disposición adicional única. Capitanías Marítimas existentes.
  21. Disposición transitoria primera. Cometidos de las unidades administrativas.
  22. Disposición transitoria segunda. Adaptación de la relación de puestos de trabajo.
  23. Disposición transitoria tercera. Procedimientos en curso.
  24. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  25. Disposición final primera. Modificación del Real Decreto 1027/1989, de 28 de julio, sobre abanderamiento, matriculación de buques y registro marítimo.
  26. Disposición final segunda. Modificaciones del Reglamento de inspección y certificación de buques civiles, aprobado por el Real Decreto 1837/2000, de 10 de noviembre.
  27. Disposición final tercera. Título competencial.
  28. Disposición final cuarta. Habilitación normativa.
  29. Disposición final quinta. Entrada en vigor.
  30. Firma
  31. ANEXO