Legislación › Real Decreto 664/2007, de 25 de mayo, por el que se regula la alimentación de aves rapaces necrófagas con subproductos animales no destinados a consumo humano.
Disposición final segunda. Facultad de modificación.
Disposición final segunda. Facultad de modificación.
Se faculta a los Ministros de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, y al de Sanidad y Política Social, para modificar, en el ámbito de sus respectivas competencias, el contenido del anexo para su adaptación a la normativa comunitaria.
Se modifica por el art. único 1 del Real Decreto 342/2010, de 19 de marzo. BOE-A-2010-5494
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 7 de abril de 2010 En vigor | BOE-A-2010-5494 | Leer | Qué cambió |
| 6 de junio de 2007 | Texto original | Leer |
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