Legislación › Ley 5/2007, de 7 de mayo, de emergencias de Galicia.
Artículo 6. Derecho de restablecimiento.
Artículo 6. Derecho de restablecimiento.
Se reconoce el derecho de los ciudadanos afectados por una catástrofe o calamidad a la restauración de los servicios esenciales, la rehabilitación de las zonas afectadas por los siniestros y el retorno a la normalidad en los términos establecidos por el artículo 31.


