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Legislación › Ley 6/2007, de 11 de mayo, de Medidas urgentes en materia de ordenación del territorio y del litoral de Galicia.

Artículo 16. Régimen del personal.

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Artículo 16. Régimen del personal.
1. Los puestos de trabajo del Instituto de Estudios del Territorio serán cubiertos por personal funcionario en régimen de derecho laboral o por funcionarios de la Comunidad Autónoma de Galicia o de otras administraciones públicas de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de la función pública de Galicia.
2. El Instituto de Estudios del Territorio podrá encargar trabajos de investigación, estudio y documentación para el mejor cumplimiento de sus fines, con sujeción a la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2011 En vigor BOE-A-2011-2546 Leer Qué cambió
17 de mayo de 2007 Texto original Leer

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