Legislación › Ley 13/2007, de 17 de mayo, de Ordenación del Transporte por Carretera de Canarias.
Artículo 23. Representación de las personas trabajadoras y de las empresas.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 24 de junio de 2007 y la del 9 de agosto de 2025.
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Artículo 23. Representacion Representación de los trabajadores las personas trabajadoras y de las empresas.
Las organizaciones sindicales y empresariales más representativas del sector, sector tendrán participación en la definición de los objetivos de política general de los transportes en Canarias Canarias, así como en la elaboración de las normas que afecten a sus intereses en el marco de esta ley, en la forma que reglamentariamente se determine.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 9 de agosto de 2025 En vigor | BOE-A-2025-20902 | Leer | Qué cambió |
| 24 de junio de 2007 | Texto original | Leer |


