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Legislación › Ley Orgánica 8/2007, de 4 de julio, sobre financiación de los partidos políticos.

Disposición adicional decimoquinta. Aportaciones de personas no afiliadas a partidos políticos.

Disposición adicional decimoquinta. Aportaciones de personas no afiliadas a partidos políticos.

Las aportaciones efectuadas a los partidos políticos por personas no afiliadas que tengan la condición de electos, de altos cargos de todas las Administraciones Públicas o del Sector Público Estatal, Autonómico y Local, se considerarán a todos los efectos aportaciones de afiliados cuando así lo manifiesten los aportantes.

Se añade por el art. 1.19 de la Ley Orgánica 3/2015, de 30 de marzo. BOE-A-2015-3441.

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