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Legislación › Real Decreto 810/2007, de 22 de junio, por el que se aprueba el Reglamento sobre seguridad en la circulación de la Red Ferroviaria de Interés General.

ANEXO V

Comparación entre la redacción en vigor desde el 7 de septiembre de 2007 y la del 20 de julio de 2014. Tachado: lo que se quitó (616 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

ANEXO V
Contenido esencial del informe de investigación sobre accidentes e incidentes
1. Resumen
El resumen contendrá una breve descripción del suceso, cuándo y dónde tuvo lugar y sus consecuencias. Indicará las causas directas así como los factores coadyuvantes y las causas subyacentes averiguadas por la investigación. Se citarán las recomendaciones principales y se proporcionará información sobre los destinatarios de dichas recomendaciones.
2. Hechos inmediatos del suceso
1. Suceso:
Fecha, hora y localización exactas del suceso.
Descripción de los hechos y del lugar del accidente, así como los cometidos de los servicios de rescate y de socorro.
La decisión de abrir una investigación, la composición del equipo de investigación.
2. Circunstancias del suceso:
Personal ferroviario implicado y, en su caso, terceros y testigos.
Los trenes y su composición, incluido el número de matrícula del material rodante implicado.
La descripción de la infraestructura y del sistema de señalización (tipos de vía, agujas, enclavamiento, señales y protección del tren).
Sistemas de comunicación.
Obras en el lugar o sus cercanías.
Activación del plan de contingencias y de su cadena de acontecimientos.
Activación del plan de emergencia de los servicios públicos de salvamento, la policía y los servicios médicos y su cadena de acontecimientos.
3. Víctimas mortales, lesiones y daños materiales:
Viajeros, personal y terceros.
Carga, equipaje y otros bienes.
Material rodante, infraestructura y medio ambiente.
4. Circunstancias externas:
Condiciones meteorológicas y referencias geográficas.
3. Relación de las investigaciones e indagaciones
1. Resumen de las declaraciones de los testigos (sujeto a la protección de la identidad de las personas):
Personal ferroviario y viajeros.
Otros testigos.
2. Sistema de gestión de la seguridad:
Organización marco y cómo se dan y ejecutan las órdenes.
Requisitos del personal y cómo se cumplen.
Rutinas de los controles y auditorías internos y sus resultados.
Interfaz entre las diferentes partes en la infraestructura ferroviaria.
3. Normativa:
Legislación y reglamentación nacional y comunitaria pertinente.
Otras normas aplicables, tales como normas de explotación, instrucciones locales, requisitos del personal y preceptos de mantenimiento.
4. Funcionamiento del material rodante ferroviario y de las instalaciones técnicas:
Sistema de control de mando y señalización, incluidas las grabaciones de los registradores automáticos de datos.
Infraestructura.
Equipo de comunicaciones.
Material rodante, incluidas las grabaciones de los registradores automáticos de datos.
5. Documentación del sistema de gestión de la circulación:
Medidas tomadas por el personal de circulación.
Intercambio de mensajes verbales en relación con elsuceso, incluida la documentación procedente de grabaciones.
Medidas destinadas a proteger y salvaguardar el lugar del suceso.
6. Interfaz hombre-máquina-organización:
Tiempo de trabajo del personal implicado.
Circunstancias médicas y personales con influencia en el suceso, incluida la existencia de tensión física psicológica.
Diseño del equipo con efectos en la interfaz antropomecánica.
7. Otros sucesos anteriores de carácter similar.
4. Análisis y conclusiones
1. Descripción definitiva de la cadena de acontecimientos:
Establecimiento de las conclusiones sobre el suceso con arreglo a lo dispuesto en el Título III del reglamento al que corresponde este anexo.
2. Deliberación:
Análisis de los hechos con objeto de extraer conclusiones sobre las causas del suceso y la eficacia de los servicios de salvamento.
3. Conclusiones:
Causas directas e inmediatas del suceso, incluidos los factores coadyuvantes relacionados con las acciones de las personas implicadas o las condiciones del material rodante o de las instalaciones técnicas.
Causas subyacentes relacionadas con las cualificaciones del personal ferroviario y el mantenimiento del material rodante o de la infraestructura ferroviaria.
Causas relacionadas con las condiciones del marco normativo y la aplicación del sistema de gestión de la seguridad.
4. Observaciones adicionales:
Deficiencias y defectos establecidos durante la investigación que no guardan relación con las conclusiones sobre las causas.
5. Medidas adoptadas
Relación de las medidas adoptadas como consecuencia del accidente o incidente ferroviario.
6. Recomendaciones
(Derogado).

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
20 de julio de 2014 En vigor BOE-A-2014-7651 Leer Qué cambió
7 de septiembre de 2007 Texto original Leer

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