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Legislación › Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo.

Disposición adicional décima. Encuadramiento en la Seguridad Social de los hijos del trabajador autónomo.

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Disposición adicional décima. Encuadramiento en la Seguridad Social de los familiares del trabajador autónomo.
Los trabajadores autónomos podrán contratar, como trabajadores por cuenta ajena, a los hijos menores de treinta años, aunque convivan con él. En este caso, del ámbito de la acción protectora dispensada a los familiares contratados quedará excluida la cobertura por desempleo.
Se otorgará el mismo tratamiento a los hijos que, aún siendo mayores de 30 años, tengan especiales dificultades para su inserción laboral. A estos efectos, se considerará que existen dichas especiales dificultades cuando el trabajador esté incluido en alguno de los grupos siguientes:
a) Personas con parálisis cerebral, personas con enfermedad mental o personas con discapacidad intelectual, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33 por 100.
b) Personas con discapacidad física o sensorial, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65 por 100.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
26 de octubre de 2017 En vigor BOE-A-2017-12207 Leer Qué cambió
1 de enero de 2010 BOE-A-2009-21160 Leer Qué cambió
12 de octubre de 2007 Texto original Leer

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