Legislación › Ley 3/2007, de 23 de marzo, de Mediación Familiar.
Disposición final primera. Desarrollo normativo.
Disposición final primera. Desarrollo normativo.
Se autoriza al Consejo de Gobierno a dictar cuantas disposiciones necesarias para el desarrollo y ejecución de esta Ley. En el plazo de un año desde su entrada en vigor habrá de aprobarse la totalidad de los desarrollos reglamentarios previstos en la presente Ley.
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