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Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
En vigor Comunidad Autónoma de Galicia · Publicada el 18 de julio de 2007 · Último cambio el 29 de diciembre de 2023 · Ver en el BOE
Índice
- Preámbulo
- TÍTULO PRELIMINAR
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Concepto. 2 redacciones · cambió el 29/01/2021
- Artículo 3. Ámbito de aplicación. 2 redacciones · cambió el 30/12/2011
- Artículo 4. Exclusiones del ámbito material de aplicación. 2 redacciones · cambió el 31/12/2015
- CAPÍTULO II
- Artículo 5. Principios generales.
- Artículo 6. Requisitos para el otorgamiento de las subvenciones.
- Artículo 7. Órganos competentes para la concesión de subvenciones.
- Artículo 8. Beneficiarios.
- Artículo 9. Entidades colaboradoras.
- Artículo 10. Requisitos para obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora. 2 redacciones · cambió el 30/12/2014
- Artículo 11. Obligaciones de los beneficiarios.
- Artículo 12. Obligaciones de las entidades colaboradoras.
- Artículo 13. Convenio de colaboración con entidades colaboradoras.
- Artículo 14. Bases reguladoras de la concesión de las subvenciones.
- Artículo 15. Publicidad de las subvenciones concedidas.
- Artículo 16. Registro Público de Subvenciones.
- Artículo 17. Financiación de las actividades subvencionadas.
- Artículo 18. Régimen de garantías.
- TÍTULO I
- CAPÍTULO I
- Artículo 19. Procedimientos de concesión.
- CAPÍTULO II
- Artículo 20. Iniciación.
- Artículo 21. Instrucción.
- Artículo 22. Procedimiento abreviado.
- Artículo 23. Resolución.
- Artículo 24. Notificación de la resolución.
- Artículo 25. Reformulación de las solicitudes.
- CAPÍTULO III
- Artículo 26. Concesión directa.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 27. Subcontratación de las actividades subvencionadas por los beneficiarios.
- Artículo 28. Justificación de las subvenciones. 3 redacciones · cambió el 30/12/2014
- Artículo 29. Gastos subvencionables. 3 redacciones · cambió el 28/02/2013
- Artículo 30. Comprobación de subvenciones.
- CAPÍTULO V
- Artículo 31. Procedimiento de aprobación del gasto y pago. 3 redacciones · cambió el 29/12/2023
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Artículo 32. Invalidez de la resolución de concesión.
- Artículo 33. Causas de reintegro.
- Artículo 34. Naturaleza de los créditos a reintegrar y de los procedimientos para su exigencia.
- Artículo 35. Prescripción.
- Artículo 36. Obligados al reintegro.
- CAPÍTULO II
- Artículo 37. Competencia para la resolución del procedimiento de reintegro.
- Artículo 38. Procedimiento de reintegro.
- Artículo 39. Retención de pagos.
- Artículo 40. Compensación de deudas.
- TÍTULO III
- Artículo 41. Control financiero de subvenciones.
- Artículo 42. Competencia para el ejercicio del control financiero de subvenciones.
- Artículo 43. Compatibilidad entre controles realizados por diversos órganos.
- Artículo 44. Objeto del control financiero de subvenciones.
- Artículo 45. Obligación de colaboración.
- Artículo 46. Del personal controlador.
- Artículo 47. Del procedimiento de control financiero.
- Artículo 48. Documentación de las actuaciones de control financiero.
- Artículo 49. Efectos de los informes de control financiero.
- TÍTULO IV
- CAPÍTULO I
- Artículo 50. Concepto de infracción.
- Artículo 51. Responsables.
- Artículo 52. Supuestos de exención de responsabilidad.
- Artículo 53. Concurrencia de actuaciones con el orden jurisdiccional penal.
- Artículo 54. Infracciones leves.
- Artículo 55. Infracciones graves.
- Artículo 56. Infracciones muy graves.
- CAPÍTULO II
- Artículo 57. Clases de sanciones.
- Artículo 58. Graduación de las sanciones.
- Artículo 59. Sanciones por infracciones leves.
- Artículo 60. Sanciones por infracciones graves.
- Artículo 61. Sanciones por infracciones muy graves.
- Artículo 62. Desarrollo reglamentario del régimen de infracciones y sanciones.
- Artículo 63. Prescripción de infracciones y sanciones.
- Artículo 64. Competencia para la imposición de sanciones.
- Artículo 65. Publicidad de las sanciones.
- Artículo 66. Procedimiento sancionador.
- Artículo 67. Extinción de la responsabilidad derivada de la comisión de infracciones.
- Artículo 68. Responsabilidades.
- Disposición adicional primera. Adaptación de procedimientos.
- Disposición adicional segunda. Régimen especial de las ayudas en materia de cooperación exterior.
- Disposición adicional tercera. Ayudas en especie.
- Disposición adicional cuarta. Actividad de patrocinio.
- Disposición adicional quinta. Universidades.
- Disposición adicional sexta. Registro Público de Ayudas, Subvenciones y Convenios.
- Disposición adicional séptima. Actualización de las cuantías previstas en la presente ley.
- Disposición adicional octava. Autorización a la consejería competente en materia de economía y hacienda para la regulación de procedimientos en materia de subvenciones por medios telemáticos.
- Disposición transitoria primera. Régimen transitorio de los procedimientos.
- Disposición transitoria segunda. Igape.
- Disposición transitoria tercera. Exoneración de la presentación de los justificantes de acreditación de obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y deudas con la Administración de la Comunidad Autónoma.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final única. Desarrollo y entrada en vigor.
- Firma


