Legislación › Real Decreto 1028/2007, de 20 de julio, por el que se establece el procedimiento administrativo para la tramitación de las solicitudes de autorización de instalaciones de generación eléctrica en el mar territorial.
TÍTULO III
Comparación entre la redacción en vigor desde el 2 de agosto de 2007 y la del 5 de diciembre de 2015.
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TÍTULO III
Procedimientos administrativos para otras tecnologías de generación marinas e instalaciones de generación eólicas marinas de potencia no superior a 50 MW
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 5 de diciembre de 2015 En vigor | BOE-A-2015-13140 | Leer | Qué cambió |
| 2 de agosto de 2007 | Texto original | Leer |


