Legislación › Real Decreto 1032/2007, de 20 de julio, por el que se regula la cualificación inicial y la formación continua de los conductores de determinados vehículos destinados al transporte por carretera.
Disposición adicional sexta. Fundación para la Formación en el sector Transporte.
Disposición adicional sexta. Fundación para la Formación en el sector Transporte.
En ejecución de la medida a tal efecto prevista en el apartado 6.3.3.3 del Plan Estratégico de Infraestructuras y Transporte (PEIT), aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros de 15 de julio de 2005, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, se creará, a iniciativa del Ministerio de Fomento, una fundación que, con la denominación «Fundación para la Formación en el sector Transporte», tenga por objeto contribuir a la promoción y desarrollo de la formación en el sector del transporte por carretera.
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