Legislación › Ley 7/2007, de 9 de julio de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental
Artículo 1. Objeto.
Artículo 1. Objeto.
El objeto de la presente Ley es establecer un marco normativo adecuado para el desarrollo de la política ambiental de la Comunidad Autónoma de Andalucía, a través de los instrumentos que garanticen la incorporación de criterios de sostenibilidad en la toma de decisiones sobre planes, programas y proyectos, la prevención de los impactos ambientales concretos que puedan generar y el establecimiento de mecanismos eficaces de corrección o compensación de sus efectos adversos, para alcanzar un elevado nivel de protección del medio ambiente.
Se modifica por el art. 1.1 de la Ley 3/2015, de 29 de diciembre. BOE-A-2016-958.
Se modifica por el art. 1.1 del Decreto-ley 3/2015, de 3 de marzo. BOJA-b-2015-90297.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 12 de enero de 2016 En vigor | BOE-A-2016-958 | Leer | Qué cambió |
| 11 de marzo de 2015 | BOE-A-2015-90297 | Leer | Qué cambió |
| 20 de enero de 2008 | Texto original | Leer |


