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Legislación › Ley 7/2007, de 9 de julio de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental

Disposición transitoria cuarta. Evaluación ambiental de los instrumentos de planeamiento urbanístico.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 20 de enero de 2008 y la del 11 de marzo de 2015. Tachado: lo que se quitó (44 palabras). Subrayado: lo que se añadió (2 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición transitoria cuarta. Evaluación ambiental de los instrumentos de planeamiento urbanístico.
Hasta que se desarrolle reglamentariamente el procedimiento para la evaluación ambiental de los instrumentos de planeamiento urbanístico será de aplicación el Decreto 292/1995, de 12 de diciembre, por el que aprueba el Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental de la Comunidad Autónoma de Andalucía. (Sin contenido)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
12 de enero de 2016 En vigor BOE-A-2016-958 Leer Qué cambió
11 de marzo de 2015 BOE-A-2015-90297 Leer Qué cambió
20 de enero de 2008 Texto original Leer

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