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Legislación › Ley 8/2007, de 30 de julio, del Instituto Catalán de la Salud.

Disposición adicional quinta. Ejercicio de funciones por el Servicio Catalán de la Salud.

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Disposición adicional quinta. Ejercicio de funciones por el Servicio Catalán de la Salud.
De acuerdo con el régimen de adscripción establecido e en el artículo 2.2 de esta Ley, 2.2, las funciones que en los artículos 3.1 b), 5.5 y 8.2, letras f), h) y o), de la Ley se atribuyen al departamento competente en materia de salud el artículo 3.1.b), el artículo 5.5 y las letras f, h y o del artículo 8.2 se ejercen a través del Servicio Catalán de la Salud.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
31 de enero de 2014 En vigor BOE-A-2014-2999 Leer Qué cambió
25 de octubre de 2013 BOE-A-2014-969 Leer

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