Legislación › Ley 8/2007, de 30 de julio, del Instituto Catalán de la Salud.
Disposición adicional segunda. Reserva de nombres, y beneficios, exenciones y franquicias.
Disposición adicional segunda. Reserva de nombres, y beneficios, exenciones y franquicias.
El Instituto Catalán de la Salud y, si procede, todos los organismos dotados de personalidad que dependan del mismo, en el ejercicio de sus funciones, disfrutan de la reserva de nombres y de los beneficios, exenciones y franquicias, cualquiera que sea su naturaleza, que la legislación atribuya a la Administración de la Generalidad y a las entidades públicas que tienen encomendada la gestión de la Seguridad Social.
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