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Legislación › Ley 10/2007, de 30 de julio, del Instituto de Seguridad Pública de Cataluña.

Artículo 10. Funcionamiento del Consejo de Dirección.

Artículo 10. Funcionamiento del Consejo de Dirección.

1. El funcionamiento del Consejo de Dirección, en todo lo que la presente ley o la normativa que la desarrolla no establezca, se rige por las disposiciones relativas al funcionamiento de los órganos colegiados que establece la legislación de procedimiento y régimen jurídico de las administraciones públicas aplicable a Cataluña.

2. El Consejo de Dirección se reúne en sesión ordinaria dos veces al año, convocado por el presidente o presidenta, y en sesión extraordinaria siempre que lo decida el presidente o presidenta o a instancia de una tercera parte de sus miembros.

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