Legislación › Ley 10/2007, de 30 de julio, del Instituto de Seguridad Pública de Cataluña.
Disposición adicional sexta. Uso de la denominación Escuela de Bomberos de Cataluña.
Disposición adicional sexta. Uso de la denominación Escuela de Bomberos de Cataluña.
El Instituto de Seguridad Pública de Cataluña puede utilizar la denominación Escuela de Bomberos de Cataluña en las actividades formativas que tengan como destinatario el personal que integra los servicios de prevención y extinción de incendios y de salvamentos de Cataluña.
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