LexTotal

Legislación › Ley 9/2006, de 30 de noviembre, de Calidad Alimentaria de Aragón.

Artículo 71. Procedimiento abreviado.

Artículo 71. Procedimiento abreviado.

En el supuesto de infracciones calificadas como leves, y si los hechos estuvieran recogidos en el acta correspondiente o se dedujeran de la documentación recogida por la inspección o de los resultados de los análisis, el expediente podrá instruirse mediante procedimiento abreviado.

← Artículo 70 Índice Artículo 72 →