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Ley 9/2006, de 30 de noviembre, de Calidad Alimentaria de Aragón.

En vigor Comunidad Autónoma de Aragón · Publicada el 25 de enero de 2007 · Último cambio el 3 de febrero de 2016 · Ver en el BOE

Índice

  1. no
  2. [preambulo]
  3. TÍTULO I
  4. Artículo 1. Objeto.
  5. Artículo 2. Ámbito.
  6. Artículo 3. Definiciones.
  7. TÍTULO II
  8. CAPÍTULO I
  9. Artículo 4. Concepto y objetivos.
  10. Artículo 5. Ámbito de aplicación.
  11. Artículo 6. Obligaciones de los operadores alimentarios. 2 redacciones · cambió el 03/02/2016
  12. Artículo 7. Trazabilidad.
  13. Artículo 8. Identificación de productos.
  14. Artículo 9. Registros de alimentos.
  15. Artículo 10. Documentos de acompañamiento.
  16. Artículo 11. Prohibición de productos no conformes.
  17. Artículo 12. Obligaciones específicas.
  18. CAPÍTULO II
  19. Artículo 13. La inspección de calidad alimentaria.
  20. Artículo 14. Objeto de la inspección.
  21. Artículo 15. Facultades de los inspectores.
  22. Artículo 16. Obligaciones y acreditación del personal inspector.
  23. Artículo 17. Obligaciones de los inspeccionados.
  24. Artículo 18. Derechos de los inspeccionados.
  25. CAPÍTULO III
  26. Artículo 19. Supuestos de adopción.
  27. Artículo 20. Tipos de medidas cautelares.
  28. Artículo 21. Destino de los productos sometidos a inmovilización cautelar.
  29. Artículo 22. Multas coercitivas.
  30. TÍTULO III
  31. CAPÍTULO I
  32. Artículo 23. Fines y objetivos.
  33. Artículo 24. Figuras de calidad diferenciada.
  34. Artículo 25. Obligaciones adicionales.
  35. Artículo 26. Comité de calidad alimentaria.
  36. CAPÍTULO II
  37. Artículo 27. Denominaciones geográficas de calidad.
  38. Artículo 28. Titularidad y uso.
  39. Artículo 29. Alcance de la protección. 2 redacciones · cambió el 03/02/2016
  40. Artículo 30. Solicitud de reconocimiento.
  41. Artículo 31. Pliego de condiciones y reglamento de funcionamiento.
  42. Artículo 32. Reconocimiento.
  43. Artículo 33. Los órganos de gestión.
  44. Artículo 34. Composición, estructura y funcionamiento de los consejos reguladores.
  45. Artículo 35. Finalidad y funciones de los consejos reguladores. 2 redacciones · cambió el 03/02/2016
  46. Artículo 36. Tutela administrativa.
  47. Artículo 37. Recursos de los consejos reguladores.
  48. Artículo 38. Incumplimiento de las obligaciones de los consejos reguladores.
  49. Artículo 39. Sistemas de control. 2 redacciones · cambió el 05/05/2010
  50. CAPÍTULO III
  51. Artículo 40. Definición y objetivo de su reconocimiento.
  52. Artículo 41. Categorías de artesanos.
  53. Artículo 42. Protección de los términos referidos a la artesanía alimentaria.
  54. Artículo 43. Registro de la artesanía alimentaria de Aragón.
  55. Artículo 44. Consejo de la artesanía alimentaria de Aragón.
  56. CAPÍTULO IV
  57. Artículo 45. La producción ecológica. 2 redacciones · cambió el 03/02/2016
  58. Artículo 46. El Comité aragonés de agricultura ecológica.
  59. Artículo 47. Control y certificación de la producción ecológica. 3 redacciones · cambió el 31/12/2014
  60. CAPÍTULO V
  61. Artículo 48. Las especialidades tradicionales garantizadas.
  62. Artículo 49. La producción integrada.
  63. Artículo 50. Las marcas de calidad alimentaria.
  64. CAPÍTULO VI
  65. Artículo 51. Inspectores habilitados y medidas cautelares.
  66. Artículo 52. Controles de la Administración.
  67. Artículo 53. Registro de entidades de control y certificación. 2 redacciones · cambió el 05/05/2010
  68. TÍTULO IV
  69. CAPÍTULO I
  70. Artículo 54. Infracciones administrativas.
  71. Artículo 55. Responsables.
  72. Artículo 56. Infracciones leves.
  73. Artículo 57. Infracciones graves.
  74. Artículo 58. Infracciones muy graves.
  75. Artículo 59. Concurrencia de infracciones.
  76. Artículo 60. Sanciones.
  77. Artículo 61. Sanciones accesorias.
  78. Artículo 62. Apercibimiento.
  79. Artículo 63. Pérdida del derecho a la obtención de ayudas.
  80. Artículo 64. Gradación de las sanciones.
  81. Artículo 65. Proporcionalidad y efectividad de la sanción.
  82. Artículo 66. Multas coercitivas.
  83. Artículo 67. Prescripción.
  84. CAPÍTULO II
  85. Artículo 68. Potestad sancionadora.
  86. Artículo 69. Órganos competentes.
  87. CAPÍTULO III
  88. Artículo 70. Plazo para resolver.
  89. Artículo 71. Procedimiento abreviado.
  90. Artículo 72. Resolución.
  91. Disposición adicional primera. Normativa complementaria.
  92. Disposición adicional segunda. Bienes, derechos y obligaciones de los consejos reguladores y del Comité aragonés de agricultura ecológica.
  93. Disposición adicional tercera. Personal de los consejos reguladores y del Comité aragonés de agricultura ecológica.
  94. Disposición adicional cuarta. Bebidas espirituosas.
  95. Disposición adicional quinta. Productos agrarios no alimentarios.
  96. Disposición adicional sexta. Coordinación de controles.
  97. Disposición adicional séptima. Marcas de garantía alimentaria.
  98. Disposición adicional octava. Competencias del Departamento de Agricultura y Alimentación.
  99. Disposición adicional novena. Sistema de gestión de vinos de la tierra y de vinos de pago.
  100. Disposición transitoria primera. Adaptación de los operadores alimentarios.
  101. Disposición transitoria segunda. Infracciones.
  102. Disposición transitoria tercera. Registros existentes.
  103. Disposición transitoria cuarta. Financiación de órganos de gestión.
  104. Disposición transitoria quinta. Adaptación de los reglamentos de denominaciones geográficas de calidad existentes.
  105. Disposición transitoria sexta. Comité aragonés de agricultura ecológica.
  106. Disposición transitoria séptima. Acreditación de entidades de control y de certificación.
  107. Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
  108. Disposición final primera. Normativa de desarrollo.
  109. Disposición final segunda. Actualización de sanciones.
  110. Disposición final tercera. Entrada en vigor.
  111. [firma]
  112. [Información relacionada]