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Ley 9/2006, de 30 de noviembre, de Calidad Alimentaria de Aragón.
En vigor Comunidad Autónoma de Aragón · Publicada el 25 de enero de 2007 · Último cambio el 3 de febrero de 2016 · Ver en el BOE
Índice
- no
- [preambulo]
- TÍTULO I
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Ámbito.
- Artículo 3. Definiciones.
- TÍTULO II
- CAPÍTULO I
- Artículo 4. Concepto y objetivos.
- Artículo 5. Ámbito de aplicación.
- Artículo 6. Obligaciones de los operadores alimentarios. 2 redacciones · cambió el 03/02/2016
- Artículo 7. Trazabilidad.
- Artículo 8. Identificación de productos.
- Artículo 9. Registros de alimentos.
- Artículo 10. Documentos de acompañamiento.
- Artículo 11. Prohibición de productos no conformes.
- Artículo 12. Obligaciones específicas.
- CAPÍTULO II
- Artículo 13. La inspección de calidad alimentaria.
- Artículo 14. Objeto de la inspección.
- Artículo 15. Facultades de los inspectores.
- Artículo 16. Obligaciones y acreditación del personal inspector.
- Artículo 17. Obligaciones de los inspeccionados.
- Artículo 18. Derechos de los inspeccionados.
- CAPÍTULO III
- Artículo 19. Supuestos de adopción.
- Artículo 20. Tipos de medidas cautelares.
- Artículo 21. Destino de los productos sometidos a inmovilización cautelar.
- Artículo 22. Multas coercitivas.
- TÍTULO III
- CAPÍTULO I
- Artículo 23. Fines y objetivos.
- Artículo 24. Figuras de calidad diferenciada.
- Artículo 25. Obligaciones adicionales.
- Artículo 26. Comité de calidad alimentaria.
- CAPÍTULO II
- Artículo 27. Denominaciones geográficas de calidad.
- Artículo 28. Titularidad y uso.
- Artículo 29. Alcance de la protección. 2 redacciones · cambió el 03/02/2016
- Artículo 30. Solicitud de reconocimiento.
- Artículo 31. Pliego de condiciones y reglamento de funcionamiento.
- Artículo 32. Reconocimiento.
- Artículo 33. Los órganos de gestión.
- Artículo 34. Composición, estructura y funcionamiento de los consejos reguladores.
- Artículo 35. Finalidad y funciones de los consejos reguladores. 2 redacciones · cambió el 03/02/2016
- Artículo 36. Tutela administrativa.
- Artículo 37. Recursos de los consejos reguladores.
- Artículo 38. Incumplimiento de las obligaciones de los consejos reguladores.
- Artículo 39. Sistemas de control. 2 redacciones · cambió el 05/05/2010
- CAPÍTULO III
- Artículo 40. Definición y objetivo de su reconocimiento.
- Artículo 41. Categorías de artesanos.
- Artículo 42. Protección de los términos referidos a la artesanía alimentaria.
- Artículo 43. Registro de la artesanía alimentaria de Aragón.
- Artículo 44. Consejo de la artesanía alimentaria de Aragón.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 45. La producción ecológica. 2 redacciones · cambió el 03/02/2016
- Artículo 46. El Comité aragonés de agricultura ecológica.
- Artículo 47. Control y certificación de la producción ecológica. 3 redacciones · cambió el 31/12/2014
- CAPÍTULO V
- Artículo 48. Las especialidades tradicionales garantizadas.
- Artículo 49. La producción integrada.
- Artículo 50. Las marcas de calidad alimentaria.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 51. Inspectores habilitados y medidas cautelares.
- Artículo 52. Controles de la Administración.
- Artículo 53. Registro de entidades de control y certificación. 2 redacciones · cambió el 05/05/2010
- TÍTULO IV
- CAPÍTULO I
- Artículo 54. Infracciones administrativas.
- Artículo 55. Responsables.
- Artículo 56. Infracciones leves.
- Artículo 57. Infracciones graves.
- Artículo 58. Infracciones muy graves.
- Artículo 59. Concurrencia de infracciones.
- Artículo 60. Sanciones.
- Artículo 61. Sanciones accesorias.
- Artículo 62. Apercibimiento.
- Artículo 63. Pérdida del derecho a la obtención de ayudas.
- Artículo 64. Gradación de las sanciones.
- Artículo 65. Proporcionalidad y efectividad de la sanción.
- Artículo 66. Multas coercitivas.
- Artículo 67. Prescripción.
- CAPÍTULO II
- Artículo 68. Potestad sancionadora.
- Artículo 69. Órganos competentes.
- CAPÍTULO III
- Artículo 70. Plazo para resolver.
- Artículo 71. Procedimiento abreviado.
- Artículo 72. Resolución.
- Disposición adicional primera. Normativa complementaria.
- Disposición adicional segunda. Bienes, derechos y obligaciones de los consejos reguladores y del Comité aragonés de agricultura ecológica.
- Disposición adicional tercera. Personal de los consejos reguladores y del Comité aragonés de agricultura ecológica.
- Disposición adicional cuarta. Bebidas espirituosas.
- Disposición adicional quinta. Productos agrarios no alimentarios.
- Disposición adicional sexta. Coordinación de controles.
- Disposición adicional séptima. Marcas de garantía alimentaria.
- Disposición adicional octava. Competencias del Departamento de Agricultura y Alimentación.
- Disposición adicional novena. Sistema de gestión de vinos de la tierra y de vinos de pago.
- Disposición transitoria primera. Adaptación de los operadores alimentarios.
- Disposición transitoria segunda. Infracciones.
- Disposición transitoria tercera. Registros existentes.
- Disposición transitoria cuarta. Financiación de órganos de gestión.
- Disposición transitoria quinta. Adaptación de los reglamentos de denominaciones geográficas de calidad existentes.
- Disposición transitoria sexta. Comité aragonés de agricultura ecológica.
- Disposición transitoria séptima. Acreditación de entidades de control y de certificación.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Normativa de desarrollo.
- Disposición final segunda. Actualización de sanciones.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
- [firma]
- [Información relacionada]


