Legislación › Ley 9/2006, de 30 de noviembre, de Calidad Alimentaria de Aragón.
Disposición adicional octava. Competencias del Departamento de Agricultura y Alimentación.
Disposición adicional octava. Competencias del Departamento de Agricultura y Alimentación.
Las competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón relativas a las materias objeto de esta ley serán ejercidas por el Departamento de Agricultura y Alimentación, salvo que el Gobierno de Aragón las atribuya expresamente a otro departamento.
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