Legislación › Ley 9/2006, de 30 de noviembre, de Calidad Alimentaria de Aragón.
Disposición transitoria segunda. Infracciones.
Disposición transitoria segunda. Infracciones.
Las infracciones cometidas antes de la entrada en vigor de esta ley se regirán por la normativa anterior, salvo cuando la nueva regulación resulte más favorable para el presunto infractor.
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