Legislación › Ley 14/2006, de 27 de diciembre, de declaración del Parque Natural de los Valles Occidentales.
Artículo 3. Competencia.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 19 de enero de 2007 y la del 20 de marzo de 2012.
Tachado: lo que se quitó (3 palabras). Subrayado: lo que se añadió (5 palabras).
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Artículo 3. Competencia.
La administración del Parque Natural, así como la ejecución de cualesquiera medidas de protección en la Zona Periférica y de las medidas de fomento en el Área de Influencia Socioeconómica, corresponde corresponden al Departamento competente en materia de medio ambiente. conservación de la naturaleza.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 20 de marzo de 2012 En vigor | BOE-A-2012-5203 | Leer | Qué cambió |
| 19 de enero de 2007 | Texto original | Leer |


