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Legislación › Ley 14/2006, de 27 de diciembre, de declaración del Parque Natural de los Valles Occidentales.

Artículo 3. Competencia.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 19 de enero de 2007 y la del 20 de marzo de 2012. Tachado: lo que se quitó (3 palabras). Subrayado: lo que se añadió (5 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 3. Competencia.
La administración del Parque Natural, así como la ejecución de cualesquiera medidas de protección en la Zona Periférica y de las medidas de fomento en el Área de Influencia Socioeconómica, corresponde corresponden al Departamento competente en materia de medio ambiente. conservación de la naturaleza.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
20 de marzo de 2012 En vigor BOE-A-2012-5203 Leer Qué cambió
19 de enero de 2007 Texto original Leer

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